Nueva ley de universidades no debe ser «trapo rojo» para desviar discusión de verdaderos problemas en la Universidad venezolana

Venezuela | Ante las declaraciones de la Ministra del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ana María Sanjuán, difundidas en medios de comunicación entre el 16 de septiembre y el mes de octubre de 2026 con aseveraciones que pretenden negar las prácticas estatales contra las universidades cometidas en la última década y media; desde Aula Abierta se reitera a la opinión pública nacional e internacional que en Venezuela se ha desarrollado una política de Estado que viola la libertad académica y los derechos humanos de las y los universitarios. 

Esta política se constata primordialmente en la destrucción del salario. Frente a la narrativa oficialista que afirma que el ingreso de los docentes alcanza los 500 USD, Aula Abierta precisa que el salario base del sector universitario permanece congelado en 130 bolívares mensuales desde el 1 de mayo de 2022, cifra que representa apenas 0,14 a 0,15 USD mensuales. De acuerdo con la actualización del Banco Mundial, la Línea Internacional de Pobreza se fija en 3,00 USD diarios por persona para países de bajos ingresos, mientras que en Venezuela un trabajador público recibe menos de un dólar mensual, situando la remuneración formal en parámetros de pobreza extrema. La política estatal de «bonificación» mediante asignaciones sin incidencia salarial no computa para prestaciones sociales, vacaciones ni convenciones colectivas, lo cual debilita el patrimonio laboral y vulnera el principio de no regresividad de los derechos humanos contenido en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).

En el ámbito jurídico, el Poder Judicial ha emitido más de 50 decisiones documentadas por Aula Abierta que atentan contra la autonomía universitaria y la gobernanza interna. El hito más representativo de este patrón es la sentencia N° 0324 dictada el 27 de agosto de 2019 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la cual desvirtuó la medida cautelar interpuesta en 2011 contra la Ley Orgánica de Educación (LOE) y legisló un régimen electoral paralelo. Dicho fallo ordenó modificar la composición del claustro consagrada en el artículo 109 de la Constitución —integrado por profesores, estudiantes y egresados— al incorporar al personal administrativo y obrero bajo cinco registros electorales diferenciados, vulnerando la reserva legal prevista en el artículo 187 constitucional e impidiendo la renovación regular del autogobierno. Este patrón de interferencia arbitraria orientado a paralizar y suspender comicios se mantiene vigente en este año 2026, tal como se pretendía efectuar en la Universidad de Los Andes (ULA) a principios de octubre.

La crisis impacta de manera crítica a la población estudiantil, cuyos jóvenes tienen años financiando de su propio bolsillo las carreras universitarias ante la inoperatividad de los servicios de comedor y transporte institucional, e incluso el deterioro avanzado de los espacios universitarios. Asimismo, las becas estudiantiles continúan estancadas en montos equivalentes a 5 USD mensuales, suma que apenas cubre un desayuno al mes. Es importante resaltar que desde el Ministerio se han anunciado inversión y actualización de servicios estudiantiles, sin embargo para la fecha de publicación de esta editorial, esas promesas aún no se han materializado.

Aunado a esto, Aula Abierta ha documentado la ejecución deliberada de una política de asfixia presupuestaria selectiva aplicada desde al menos el año 2004 contra las universidades públicas autónomas, especialmente hacia aquellas con posturas críticas ante las violaciones de derechos humanos. Dicha práctica se agudizó drásticamente en el período 2018-2024, lapso en el que las asignaciones a las universidades de la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (AVERU) cubrieron menos del 3% de los requerimientos solicitados, obligando a las casas de estudio a subsistir en un contexto de deterioro de infraestructura, daño de equipos y desmantelamiento de la investigación y la extensión. Esta asfixia se combina con el desvío de fondos hacia instituciones ideologizadas, la imposición ilegítima de «protectorados» y la apropiación de recursos sin rendición de cuentas, vulnerando de forma directa el Principio IV de los Principios Interamericanos sobre Libertad Académica y Autonomía Universitaria de la CIDH, el cual estipula que «la autonomía garantiza que las instituciones de educación superior puedan adoptar decisiones respecto a la administración de sus recursos financieros» y que «el presupuesto público debe observar la proporcionalidad necesaria para que todas las instituciones de educación superior puedan desarrollar sus actividades con igual autonomía».

Por ello, Alertamos a la opinión pública que negar la crisis humanitaria compleja y la vulneración continuada de los derechos fundamentales de las comunidades académicas no solo representa un acto de negacionismo institucional, sino que perpetúan la construcción de una narrativa que pretende desvincular ilegalmente al Estado de sus obligaciones internacionales respecto de la libertad académica, la autonomía universitaria y el acceso a la educación.

¿Una nueva ley o más bien que se cumpla con la legislación vigente?

Frente al anuncio oficial de estructurar una nueva Ley de Universidades, ratificamos que la crisis de la educación superior en Venezuela no obedece a un vacío legislativo, sino a la inobservancia deliberada de la Constitución de la República y de las obligaciones internacionales suscritas en tratados vinculantes como el PIDESC y el Protocolo de San Salvador. Actualmente, el Estado recurre a iniciativas legislativas que en apariencia persiguen proteger derechos, pero que en la práctica institucionalizan y profundizan su vulneración, tal como ocurrió con las reformas y reglamentaciones parciales de la Ley contra el Odio y la Ley de Fiscalización de Organizaciones No Gubernamentales y Afines; reformas cosméticas que no subsanan los agravios y frente a las cuales corresponde la derogación formal.

En este contexto regresivo, pretendidos proyectos normativos para el sector universitario resultan improcedentes. Exigimos, en cambio, el cumplimiento de la Ley de Universidades vigente, la cual consagra garantías y salvaguardas históricas para la comunidad académica que han sido vulneradas de manera sostenida durante más de dos décadas. Advertimos que canalizar las discusiones normativas a través del Consejo Nacional de Universidades (CNU) resulta inviable e ilegítimo, por tratarse de un cuerpo instrumentalizado históricamente como espacio de coacción e intervención gubernamental, tal como demostraron las investigaciones de Aula Abierta sobre el intervencionismo del Poder Ejecutivo y Judicial.

Hacemos un llamado formal a las autoridades públicas a reflexionar sobre el contexto de la educación superior y a priorizar medidas que respondan con seriedad a las exigencias democráticas del país. El Estado venezolano debe cesar de inmediato la política de asfixia presupuestaria, frenar la precarización laboral, paralizar la intervención electoral y proceder a la derogación de todos los marcos normativos regresivos que atropellan la autonomía y la libertad académica, comenzando por el artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación de 2009.

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