Sociedad civil propone ante la CIDH la revisión del marco legal para fortalecer el espacio cívico en Venezuela

Venezuela | En el marco de la audiencia pública número 26 del 196° Periodo de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Aula Abierta, en su condición de integrante de la plataforma Justicia y Verdad, alertó sobre el deterioro del espacio cívico en Venezuela.
El profesor David Gómez Gamboa, docente de la Universidad del Zulia (LUZ) y director de Aula Abierta, indicó que la estructura jurídica utilizada para restringir derechos fundamentales no ha sufrido variaciones, manteniendo en riesgo constante a la comunidad universitaria, defensores de derechos humanos y actores civiles.
“La arquitectura legal de la represión permanece intacta, criminalizando la disidencia y asfixiando a la sociedad civil. Es urgente derogar un conjunto de leyes que imponen penas de cárcel desproporcionadas, inhabilitaciones políticas, bloqueos de medios, restricciones a la información, control de financiamiento y la imposición de registros que hacen inviable la labor de las ONG”, aseveró Gómez Gamboa durante su alocución ante el pleno de la CIDH. El director de Aula Abierta enfatizó que el sistema de monitoreo independiente ubica la situación legal en un nivel crítico: “Nuestro Termómetro califica este pilar en rojo. Ninguna de las leyes que acabo de mencionar ha sufrido modificación. Persiste un contexto altamente restrictivo para actores sociales en el ámbito operativo, humanitario y de protección. Y aunque hoy vemos mayor visibilidad de organizaciones de la sociedad civil, esto no equivale a garantías formales de autonomía: seguimos trabajando a pesar de las condiciones, no porque estas hayan cambiado”.
La denuncia se fundamentó en los hallazgos del informe «Termómetro de la Justicia, la Verdad y el Estado de Derecho en Venezuela» (publicado en junio de 2026), elaborado en colaboración por un conjunto de 20 organizaciones no gubernamentales de derechos humanos de Venezuela.
Derogación y reforma de normativas represivas
Según la plataforma Justicia y Verdad, el marco normativo restrictivo permanece intacto. Al 12 de junio de 2026, ninguna de las leyes identificadas por la sociedad civil como instrumentos de represión y criminalización ha sido derogada ni modificada.
El inventario de normas pendientes de derogación es extenso; sin embargo, a efectos ilustrativos, el informe señala las siguientes por ser las más graves:
- Ley Orgánica de Seguridad de la Nación: Establece prohibición de actividades en zonas del territorio nacional (aéreo, acuático y terrestre) por criterios abiertos y discrecionales de peligro o amenaza interna o externa para la seguridad y defensa de la Nación, incluyendo la vida económica social del país; y penas de prisión a quienes realicen actividades dentro de las zonas prohibidas.
- Ley en Defensa de la Soberanía Política y Autodeterminación Nacional: prohíbe el financiamiento internacional o patrocinio de personas extranjeras a las organizaciones con fines políticos, entre las que se incluyen las que promuevan la participación de los ciudadanos/as en los espacios públicos o ejerzan control sobre los poderes públicos, así como las que divulguen, informen o defiendan derechos políticos; previendo sanciones monetarias y otras responsabilidades civiles o penales prescritas en la ley a quienes infrinjan la norma.
- Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (Ley Resorte): dicta normas de responsabilidad a los medios de comunicación, incluyendo las redes sociales, prohibiendo la difusión de mensajes que generen zozobra a la ciudadanía, alteren el orden público, desconozcan a las autoridades legítimamente constituidas o se incite al incumplimiento del ordenamiento jurídico.
- Ley Contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento al Terrorismo: declara bajo vigilancia toda actividad financiera (lícita o no) a la que está obligada toda persona natural o jurídica (bajo reserva), a fin de prevenir, investigar, perseguir y sancionar delitos de financiamiento al terrorismo; y en la que participan órganos especializados de inteligencia financiera. Tiene carácter penal y tipifica de manera ambigua como delitos: actos terroristas, al terrorismo y delincuencia organizada.
- Ley Constitucional Contra el Odio por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia: hasta 20 años de prisión por expresiones ambiguamente definidas; sanciones y cierres de medios; base para decenas de detenciones y procesos judiciales.
- Ley Constitucional Antibloqueo para el Desarrollo Nacional y la Garantía de los Derechos Humanos: autoriza al Ejecutivo a clasificar como reservada información sobre contratos y operaciones económicas; permite desaplicar leyes por decreto presidencial.
- Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público: paradójicamente, limita el derecho de acceso a la información en lugar de garantizar, sin órgano ni sanciones por incumplimiento.
- Ley Orgánica de los Consejos Comunales: crea un mecanismo de “ejercicio de soberanía”, “gobierno comunitario” y “gestión directa de funciones públicas”, por parte del “pueblo”, a través de organizaciones de derecho público, con fines socialistas, elegidas por las comunidades de su jurisdicción y con deberes de registro y corresponsabilidad de procura del bien público con el Estado, no contempladas en la Constitución ni ajustadas a sus disposiciones respecto del derecho a la participación. En la práctica, este andamiaje ha operado como un sistema electoral y de participación paralelo que modifica la base de electores y las condiciones de cualquier proceso de consulta ciudadana.
- Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba: incluye severas medidas de inhabilitación política y persecución para quienes sean señalados de apoyar a Guyana o desestimar los reclamos venezolanos sobre el territorio en disputa.
- La Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Organizaciones Sociales sin Fines de Lucro (Ley de fiscalización de ONG o ley antisociedad): impone controles y registros que hacen inviable la operación de organizaciones civiles; al 2025 solo 3 de 101 ONG encuestadas habían logrado inscribirse en el nuevo registro.
- Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista y en Defensa de la República Bolivariana de Venezuela: entre otros muchos hechos punibles y sanciones, prevé hasta 30 años de cárcel e inhabilitación política de hasta 60 años por promover sanciones internacionales contra Venezuela.
El informe de la plataforma Justicia y Verdad enfatiza que la derogación de estas normas es jurídicamente viable, no genera vacíos legales y es indispensable para restituir el marco constitucional. Varias de estas normativas fueron aprobadas por la extinta Asamblea Nacional Constituyente, un órgano que excedió sus atribuciones al asumir funciones legislativas ordinarias, lo que compromete su legitimidad de origen.
La ausencia de medidas para derogar o reformar este andamiaje restrictivo confirma que la permanencia de la represión legal responde a una decisión política activa del Estado y no a una mera omisión administrativa.
Exigencias de la sociedad civil organizada
Ante los magistrados y comisionados del Sistema Interamericano, Aula Abierta y las organizaciones aliadas reiteraron la necesidad de que el Estado venezolano proceda al desmantelamiento inmediato de las normativas represivas, otorgue garantías plenas para el ejercicio de la libertad académica y la libertad de asociación, y permita el acceso sin restricciones al territorio nacional a la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos (FFM) y a la CIDH para verificar sobre el terreno las condiciones del espacio cívico y los derechos humanos en el país.
Para consultar el informe completo «Termómetro de la Justicia, la Verdad y el Estado de Derecho en Venezuela» (Junio 2026), visite los portales oficiales de Aula Abierta y de la plataforma Justicia y Verdad.








