COMUNIDAD UNIVERSITARIA ALERTA SOBRE LOS ATAQUES DEL PODER JUDICIAL VENEZOLANO CONTRA LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA Y LA LIBERTAD ACADÉMICA
Organizaciones y centros de derechos humanos que hacen vida en la comunidad universitaria y sociedad civil se pronuncian sobre las recientes sentencias emanadas del Poder Judicial venezolano, respecto a las cuales se registran desde el año 2010 más de 43 sentencias que vulneran la libertad académica y la autonomía universitaria.
Recientemente se han producido dos decisiones que generan una preocupación particular en la comunidad universitaria. El pasado 02 de octubre, el Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso-Administrativo de la Región Capital, decidió sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por un profesor contratado de la Universidad Central de Venezuela (UCV), ordenando al Consejo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la mencionada casa de estudios suspender los concursos de credenciales académicas y abstenerse de realizar nuevos llamados, en una evidente extralimitación de competencias al extender los efectos del fallo más allá de la parte interesada.
Adicionalmente, el día 6 de noviembre del año 2017 el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida dictó una decisión en relación a una acción de amparo constitucional intentada por el profesor jubilado Andrey Gromisko Urdaneta Rosales, la cual declaró la nulidad de los concursos convocados para iniciar el 21 de noviembre del 2017 por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de Los Andes (ULA) y ordenó a la mencionada facultad abstenerse de convocar o sustanciar los concursos de oposición o credenciales, hasta tanto no se dé cumplimiento a lo dispuesto en su decisión. En este sentido, resulta preocupante la toma de este tipo de decisiones por parte del Poder Judicial venezolano, más cuando el Juez encargado de decidir la causa, que en el caso de la Universidad de Los Andes fue la ciudadana Moralba Herrera, se ha declarado abiertamente un “Soldado judicial de marcada convicción socialista, chavista anti imperialista”.
En virtud de lo expuesto, manifestamos nuestro profundo rechazo ante las recientes decisiones del Poder Judicial venezolano por tratarse de dos nuevas interferencias que atentan contra la autonomía universitaria, reconocida en el artículo 109 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual consagra: “(…) Las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la ley. (…)”. Asimismo, las referidas decisiones vulneran el contenido de la Ley de Universidades vigente en su artículo 100: “La Universidad podrá contratar profesores o investigadores para determinadas cátedras o trabajos. Las condiciones que deben llenar los Profesores contratados, así como los requisitos del respectivo contrato, los fijará el reglamento”, su artículo 89 que contempla: “Los miembros Ordinarios del personal docente y de investigación se ubicarán a ascenderán en el escalafón de acuerdo con sus credenciales o méritos científicos y sus años de servicio(…)” y el artículo 86 en su parágrafo único, donde se establece: “ El Consejo Universitario podrá, en los casos que estime conveniente, establecer concursos para la provisión de cargos. El régimen de los concursos será fijado en el reglamento respectivo”.
En este sentido, hacemos un llamado de alerta a la comunidad nacional e internacional pues la existencia de estas prácticas condicionan el ejercicio efectivo de la libertad académica dentro de las distintas casas de estudio superior venezolanas y por ende, coloca en entredicho el goce efectivo del derecho a la educación de calidad previsto en el artículo 103, ya que los concursos de oposición constituyen en sí mismos una garantía para el estudiantado y la universidad de contar con profesores de óptima calidad y capacitados para desarrollar sus funciones. En tal sentido, se exige al Estado venezolano abstenerse de realizar actuaciones de corte intervencionista en detrimento de las universidades y garantizar plenamente las atribuciones inherentes a la autonomía universitaria.
Suscriben:
• Aula Abierta Venezuela
• Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello.
• Centro para la Paz y los Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela Fundación Padre Luis María Olaso
• Consejo de profesores de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia.
• CODEHCIU – Comisión para los Derechos Humanos y la ciudadanía”
• Comisión de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia.
• Epikeia. Observatorio Universitario de derechos humanos
• EXCUBITUS derechos humanos en educación
• Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de los Andes