Allanamiento a la UPEL deja 27 estudiantes detenidos
La autonomía universitaria fue violada en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL) en Maracay, estado Aragua, durante un allanamiento realizado el pasado domingo 02 de julio, en horas de la mañana, por parte de cuerpos de seguridad del estado venezolano.
Los estudiantes de la UPEL afirmaron que los cuerpos de seguridad entraron al recinto, encapuchados y armados. En efecto, violaron la autonomía universitaria, ingresaron a la institución sin ningún tipo de orden por parte del Ministerio Público y detuvieron de forma ilícita a 27 estudiantes que se resguardaban dentro de las instalaciones desde el viernes 30 de junio porque habían sido víctimas de represión por parte de la policía del estado Aragua (Poliaragua).
A los 27 detenidos los trasladaron al comando de Policía de San Jacinto en Maracay, lugar donde se instaló un tribunal militar. También, les negaron la visita de familiares y abogados, lo que representa una violación a los derechos humanos por parte de los cuerpos de seguridad del Estado, al violar el debido proceso y atentar contra el ejercicio legítimo del derecho a la protesta.
Dictan privativa de libertad
Luego de una maratónica audiencia de 10 horas en la madrugada de este martes, 4 de julio, el juez quinto de Control Militar de Aragua, Edgar Volcanes, les dictó una privativa de libertad a los 27 estudiantes, después de que la fiscal mayor Katiuska Ochoa Chacón les imputara los delitos de instigación a la rebelión, sustracción de efectos pertenecientes a las Fuerzas Armadas Nacionales, destrucción de fortalezas y violación de zona de seguridad.
Además, el juez militar solicitó como sitio de reclusión para once hombres, de los detenidos, la cárcel de máxima seguridad El Dorado, ubicada en la selva del estado Bolívar; para los otros once hombres, la cárcel 26 de Julio en el estado Lara y para las cinco mujeres detenidas, arresto domiciliario.
Venezuela viola tratados de derechos humanos
Los tratados en materia de derechos humanos, suscritos por Venezuela, establecen el principio del juez natural, que consiste en el derecho de toda persona a ser juzgada por sus pares o iguales, es por ello que un civil no puede ser juzgado por militares. Por tal razón, juzgar a un civil por tribunales militares viola el derecho humano al debido proceso contenido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). Conforme al artículo 23 constitucional, los tratados internacionales tienen rango constitucional y por ello prevalecen sobre cualquier Ley. En consecuencia, la justicia militar no es para civiles, por lo tanto se evidencia una abierta violación del derecho que deben tener los estudiantes y cualquier civil a ser juzgado por el juez natural, es decir, por jueces civiles.
Así pues, los estudiantes de la UPEL pasan a engrosar la lista de estudiantes detenidos y sometidos a la justicia militar, tratándose de una nueva de violación al debido proceso, porque no es un tribunal civil, independiente quien juzga, tal como se desprende de los artículos 49 y 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).
Los jueces y fiscales militares son designados por el Ejecutivo Nacional y responden de manera obediente a las órdenes que les impartan. Sin embargo, el Código Orgánico de Justicia Militar debe apegarse e interpretarse en defensa de los derechos humanos, impidiendo que civiles sean juzgados por militares, considerando que la misma CRBV reconoce el derecho a ser juzgado por un juez natural.
Prensa Aula Abierta